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Nueva normativa para la gestión de envases vacíos de fertilizantes y domisanitarios

Nueva normativa para la gestión de envases vacíos de fertilizantes y domisanitarios


14 de Enero, 2021

Desde el próximo lunes, 18 de enero de 2021, comenzará a implementarse las normativas sobre la gestión integral de envases vacíos de fertilizantes y domisanitarios. La Resolución 302 y su modificatoria la Res. 450  complementan la Ley nacional Nº 27.279 sobre Gestión Integral de Envases Vacíos de Agroquímicos. 

La ley nacional Nº 27.279 establece, entre otras obligaciones, que las empresas registrantes de fitosanitarios deben establecer mecanismos  acordados con la autoridad provincial para gestionar y financiar las herramientas e infraestructuras necesarias para la gestión de los envases vacíos de  agroquímicos en la provincia;  las empresas registrantes realizan esta financiación a través de la Asociación Campo Limpio. 

La normativa nacional no incluye a los envases de fertilizantes (bolsas, envases rígidos y los box in bag),  ni envases de productos  domisanitarios (saneamiento ambiental), por lo cual el ISCAMEN mediante la Resolución Nº 302 y Res.450, asume  la gestión de los mismos con el propósito de dar una respuesta integral al problema de los envases vacíos  tanto de agroquímicos, como de fertilizantes y de productos domisanitarios exclusivamente de uso profesional.

Servicio de gestión de envases de fertilizantes y domisanitarios: 

La Resolución emitida por ISCAMEN  establece que toda empresa foránea y/o local que haya registrado en organismos nacionales fertilizantes y productos domisanitarios y que los comercialice e introduzca a la provincia deberá registrarse en ISCAMEN, solicitar una clave de acceso a la oficina virtual, completar la declaración jurada de los ingresos que realicen o introduzcan al mercado local en forma quincenal  y abonar la tasa por envase que se establezca en la ley impositiva del año en curso.

Los comercios registrados utilizarán el mismo sistema informático de registro obligatorio que se emplea actualmente para trazar los movimientos de  agroquímicos  de banda roja, amarilla, y azul.
Los compradores, personas físicas y/o jurídicas deberán presentar el CUIT y/o RUT – RESNSPA en el comercio para poder comprar fertilizantes y domisanitarios, cada venta quedará registrada y por ende los envases.

El productor , debe conservar los envases y debe enviarlos  a los centros de acopio  de ISCAMEN dentro de los 150 días de haber realizado la compra. Cabe destacar que si transcurridos los días establecidos, el productor aún conserva los insumos sin utilizar, se deberá comunicar en forma fehaciente la existencia del stock. 
Es obligación del productor la devolución de los envases ya sean de fitosanitarios como los de fertilizantes y domisanitarios en el tiempo que establece la nueva normativa; el enterrado como el quemado de los envases es motivo de sanción.

Este sistema, basado en el registro del movimiento de los insumos (ingreso – distribución  - compra – venta), constituye el modelo de  trazabilidad de los insumos por el cual se puede conocer el volumen de envases que ingresan a la provincia;  no existe ningún costo para el productor o empresa agropecuaria más allá de la obligatoriedad de entregar los envases,  bajo las condiciones establecidas en la norma y en los centros de acopio que indique la autoridad competente.

ENLACES DE LAS NORMATIVAS: 

Resolución 302-I-20 / Anexo 302 - Resoluciòn 450-I-20